La Comunidad Valenciana ha sido históricamente una de las regiones más visitadas de España.

Además del turismo de sol y playa, la región cuenta con un importante patrimonio arquitectónico y cultural debido a su historia ligada al comercio marítimo en el Mediterráneo.

DEFINICIÓN DE ALOJAMIENTO TURÍSTICO

En la Comunidad Valenciana, los términos “alquiler vacacional” y “alojamiento turístico” son sinónimos.
Según el Reglamento, el alojamiento turístico incluye “locales, instalaciones o infraestructuras estables abiertos al público en los que se proporciona alojamiento, con o sin prestación de servicios de carácter complementario”.

Los servicios complementarios pueden ser recepción 24 horas, limpieza periódica, cambio de ropa de cama y enseres de baño, lavandería, custodia de maletas, prensa y restauración.

REQUISITOS BÁSICOS

A continuación explicamos algunos de los requisitos básicos a cumplir:

Certificar la propiedad

Algo básico es poder certificar que la propiedad es tuya o que has sido autorizado por el dueño/a para gestionar la vivienda. Si no, no podrás incluirla en el REEPT (registro de empresas, establecimientos y profesiones turísticas).

Declaración responsable de inicio de actividad

Otra de las partes importantes a realizar y presentar, es la declaración responsable de inicio de actividad, en la cual se incluya un manifiesto de cumplimiento de los requisitos vigentes que pide la sede de turismo de la Comunidad Valenciana.

Seguro de responsabilidad civil

Esto es algo básico, ya que además esto te cubrirá las espaldas en cuanto a cualquier problema que pueda surgir con tu alojamiento, accidentes de los inquilinos, etc.

Requisitos técnicos

Debes cumplir unos requisitos técnicos mínimos para poder alojar personas como:

  • Agua potable
  • Equipos de primeros auxilios
  • Energía eléctrica
  • Climatización en función del lugar
  • Teléfono fijo con guías de números de emergencias
  • Protecciones contra incendios

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